Abogados especializados en operaciones de compraventa de empresas

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La compraventa de una empresa es una de las decisiones más relevantes en la vida de cualquier negocio. Tanto si estás analizando la adquisición de una compañía, como si has recibido una oferta de compra o estás preparando una futura transmisión de tu empresa, contar con asesoramiento jurídico especializado resulta fundamental para proteger tus intereses y garantizar la seguridad de la operación.

En CECA MAGÁN Abogados asesoramos a compradores, vendedores, fondos de inversión y empresas nacionales e internacionales durante todas las fases de la transacción, una vez han encontrado su 

Nuestro equipo acompaña a los clientes desde el análisis inicial de la operación hasta la negociación, la due diligence y la formalización de los acuerdos necesarios para ejecutar la compraventa con las máximas garantías jurídicas.

 

 

Asesoramiento durante el proceso de compraventa de empresas

Nuestros abogados mercantilistas prestan asistencia jurídica durante todas las fases de la operación de compraventa.
01

Análisis inicial de la operación, objetivos de la transacción y las características de la empresa para definir la estrategia más adecuada.

02

Valoración de la empresa y de los factores económicos y empresariales que influyen en su valor.

03

Due Diligence legal revisión jurídica exhaustiva para identificar riesgos, contingencias y posibles áreas de mejora.

04

Negociación de condiciones para alcanzar acuerdos equilibrados y proteger los intereses de nuestros clientes.

05

Redacción del contrato de compraventa y revisión de la documentación necesaria para formalizar la operación, siempre con las máximas garantías jurídicas.

06

Firma y cierre de la operación, asegurando una ejecución ordenada y el correcto cumplimiento de los acuerdos alcanzados.

07

Integración o transición empresarial, acompañando a nuestros clientes en las actuaciones posteriores a la operación para facilitar la continuidad del negocio y minimizar riesgos.

Preguntas frecuentes sobre la compraventa de empresas

Acompañamos a socios y empresas en la venta de compañías, estructurando la operación de principio a fin para maximizar el precio y minimizar los riesgos.

Quiero vender mi empresa 

Asesoramos jurídicamente a socios y empresas en procesos de transmisión de compañías, protegiendo sus intereses durante la negociación y formalización de la operación y minimizando los riesgos legales asociados.

No existe un momento único para vender: depende de la situación del negocio, sus perspectivas, las circunstancias de los socios y sus objetivos. En general, conviene empezar a preparar la venta con suficiente antelación y cuando la empresa presenta buenas perspectivas de negocio, en lugar de esperar a que exista una necesidad urgente de vender. La preparación previa permite identificar y corregir posibles problemas societarios, contractuales, laborales o fiscales que podrían reducir el valor de la empresa o retrasar la operación.

La valoración de la venta de la empresa puede realizarse mediante distintos métodos, como los múltiplos de mercado, el descuento de flujos de caja (DCF) o el análisis de transacciones comparables. También deben analizarse la generación de caja, el EBITDA, el endeudamiento, los activos, la posición competitiva, la recurrencia de los ingresos, la concentración de clientes y las perspectivas futuras.

El precio no depende únicamente de la facturación o del beneficio. En una operación de M&A se analiza la capacidad de generación de caja, el crecimiento, la recurrencia de los ingresos, el riesgo del negocio y las características del mercado. 

Es clave distinguir dos conceptos: 

  • Enterprise Value (EV): el valor del negocio con independencia de su estructura de financiación. 
  • Equity Value: el valor que corresponde a los accionistas una vez descontada la deuda financiera neta (deuda menos caja). Ejemplo: partiendo del EV de 84 M€ del ejemplo anterior, con una deuda de 10 M€ y una caja de 3 M€, el Equity Value sería de 77 M€ (EV − Deuda + Caja = 84 − 10 + 3). 

Por eso, al analizar una oferta, lo relevante no es solo el titular del precio, sino cómo se ajusta por deuda, caja y las condiciones pactadas.

No es imprescindible en todos los casos, pero una Due Diligence de vendedor (vendor due diligence) permite revisar la sociedad antes de transaccionar, preparar la venta, maximizar el precio y reducir el tiempo de negociación con el comprador. Una empresa que llega al proceso con su documentación ordenada y sus principales contingencias identificadas está mejor preparada para responder a la Due Diligence del comprador y transmite mayor confianza.

Dependerá del sector y de las características de la operación, pero normalmente será necesario preparar información societaria (mercantil), financiera y contable, fiscal, laboral y contractual. También suelen solicitarse documentos sobre activos e inmuebles, propiedad intelectual, permisos y licencias, financiación, litigios, protección de datos y las principales relaciones comerciales con clientes y proveedores. 

Toda esta documentación se organiza habitualmente en un data room virtual, un espacio donde se centralizan los documentos para que compradores y asesores realicen la Due Diligence de forma ordenada.

La duración depende del tamaño y complejidad de la empresa, del número de compradores interesados, de la estructura de la operación, del alcance de la Due Diligence y de la negociación del contrato. Una operación puede durar varios meses desde los primeros contactos hasta la firma (signing) y el cierre (closing). El proceso es más rápido en operaciones sencillas y se prolonga cuando existen condiciones suspensivas como financiación destinada a la adquisición, autorizaciones de terceros, reestructuraciones societarias previas o contingencias que resolver antes del cierre.

La venta de empresas puede estructurarse de dos formas: 

  • Compraventa de participaciones o acciones (share deal): el comprador adquiere, total o parcialmente, las acciones o participaciones de los socios sin alterar la estructura jurídica de la sociedad. La sociedad mantiene, en principio, sus activos, contratos y relaciones jurídicas, porque no hay cesión de posiciones contractuales: se adquiere la sociedad "en su estado actual". Es una estructura más sencilla, ya que no exige renegociar contratos uno a uno, aunque conviene revisar si algún contrato contiene una cláusula de cambio de control que permita a la contraparte resolverlo al cambiar el accionariado. 
  • Compraventa de activos o unidad de negocio (asset deal): el comprador adquiere determinados bienes, derechos y, en su caso, pasivos, pudiendo seleccionar qué activos o pasivos asume, salvo ciertos pasivos que por ley deben transmitirse. Al no existir sucesión universal, los contratos deben cederse o renegociarse uno a uno con proveedores, clientes y trabajadores, lo que la convierte en una operación más compleja. Además, puede activar reglas de sucesión de empresa a efectos laborales. 

La elección de una u otra estructura tiene consecuencias societarias, fiscales, laborales y contractuales, por lo que debe analizarse antes de diseñar la operación.

El earn-out es una forma de precio aplazado y variable: una parte del precio no se cobra al cierre, sino que queda condicionada al desempeño futuro de la empresa tras el closing. Si la compañía alcanza determinados objetivos en los años siguientes a la compra, por ejemplo, un nivel concreto de EBITDA o de ingresos, el vendedor recibe pagos adicionales. 

Es una herramienta útil cuando comprador y vendedor tienen expectativas distintas sobre la evolución del negocio: permite cerrar la brecha de precio difiriendo parte del pago. Por eso es esencial definir con precisión cómo se calcula el resultado, durante cuánto tiempo se mide y qué decisiones de gestión pueden afectar al earn-out, para evitar conflictos posteriores.

Pueden existir contingencias societarias, laborales, fiscales, contractuales o regulatorias, así como litigios, problemas de titularidad de activos o cuestiones de propiedad intelectual. Además, el propio contrato impone obligaciones relevantes al vendedor a través de las manifestaciones y garantías (Reps & Warranties), cuya inexactitud puede generar responsabilidad e indemnizaciones. Estas garantías protegen al comprador, pero el vendedor puede negociar límites temporales, importes máximos (cap) y franquicias (basket, de minimis) para acotar su responsabilidad. Para asegurar el cumplimiento se emplean mecanismos como retención de precio, aval bancario, escrow (depósito), garantía real o seguro de R&W.

La tributación dependerá, entre otros factores, de quién sea el vendedor (persona física o sociedad), de si se venden participaciones o activos y de las circunstancias concretas de la operación. Por eso, al analizar una oferta no debe atenderse solo al precio bruto: la estructura de la operación y su tratamiento fiscal pueden afectar de forma muy relevante al importe neto que finalmente recibe el vendedor.

Quiero comprar empresas 

Nuestro equipo de M&A asesora al comprador en todo el proceso, desde la carta de intenciones hasta el cierre ante notario y las acciones post closing, para que adquiera con seguridad y sin riesgos ocultos.

El proceso de adquisición de empresas suele seguir estas fases: 

  1. Contacto inicial y, en su caso, intervención de un broker que deriva la operación a los asesores legales. 
  2. Acuerdo de confidencialidad (NDA) para proteger la información sensible que se intercambia desde las primeras conversaciones. 
  3. Carta de intenciones (LoI), que fija la voluntad de negociar y los términos generales, por lo general sin carácter vinculante. 
  4. Term Sheet, que resume los términos y condiciones clave de la transacción. 
  5. Due Diligence sobre la situación financiera, legal, fiscal y operativa de la empresa objetivo. 
  6. Contrato de compraventa de participaciones/acciones (SPA) o de activos (APA) y cierre (closing), con el pago del precio y, cuando proceda, otorgamiento de escritura pública ante notario.

Es fundamental conocer su situación financiera, jurídica, fiscal, laboral y comercial, así como sus principales riesgos y oportunidades. También debe valorarse si la estructura de la operación (compra de acciones/participaciones o de activos) responde a los objetivos del comprador, porque cada una tiene distintas consecuencias en materia de responsabilidad y continuidad de contratos. Como comprador, además, deberás asegurar la financiación necesaria para atender el pago del precio en el cierre.

La Due Diligence es el proceso de investigación y análisis de la sociedad objetivo previo a la operación de compra, cuya finalidad es identificar riesgos y oportunidades para tomar una decisión informada. Desde la perspectiva del comprador permite conocer en detalle la sociedad, validar que la información es precisa y completa, identificar riesgos legales, financieros y operativos, y negociar su gestión y mitigación. 

Suele abarcar áreas mercantil, fiscal, laboral, inmobiliaria, tecnológica y regulatoria, y se articula mediante un check list de documentación, un data room virtual y los informes de resultados, ya sea un informe descriptivo con resumen ejecutivo o un informe red flag que destaca solo las cuestiones más críticas.

Dependerá del sector y de la operación, pero habitualmente se solicita información societaria, financiera y contable, fiscal, laboral y contractual. También es relevante revisar activos e inmuebles, propiedad intelectual, permisos y licencias, litigios, financiación, sistemas informáticos, seguros y las principales relaciones con clientes y proveedores. Toda la documentación se centraliza normalmente en el data room para facilitar su análisis.

La tributación dependerá de si se adquieren participaciones o activos. En un asset deal, la compra de determinados activos (como inmuebles) puede estar sujeta a ITP o IVA según el caso. En un share deal, la transmisión de participaciones está generalmente exenta de IVA e ITP, aunque pueden existir otras implicaciones fiscales. También deben considerarse la deducibilidad de los intereses de la financiación de adquisición, la posibilidad de estructurar la operación a través de una sociedad holding y el tratamiento fiscal de los ajustes de precio pactados.

La adquisición puede implicar asumir contingencias anteriores al cierre relacionadas con contratos, empleados, impuestos, litigios o cumplimiento normativo, especialmente en un share deal, donde se adquiere la sociedad con su historia. La Due Diligence permite identificar esos riesgos, y el SPA los gestiona mediante manifestaciones y garantías, indemnizaciones y garantías del vendedor (retención de precio, escrow, aval o seguro de R&W). Conviene tener presente una regla práctica: si un área no se revisa, será más difícil reclamar al vendedor salvo que exista una declaración expresa en el contrato o concurran supuestos legales de responsabilidad (vicios ocultos, dolo, etc.). 

Además, entre la firma (signing) y el cierre (closing) suelen pactarse condiciones suspensivas —autorizaciones de terceros, financiación, reestructuración previa o mitigación de riesgos detectados en la Due Diligence—, así como cláusulas de cambio material adverso (MAC) que permiten resolver la operación si la situación de la empresa empeora significativamente. Si las condiciones no se cumplen en plazo, la operación puede resolverse (termination o break-up), con devolución de anticipos y posibles penalizaciones.

Operaciones de compraventa de empresas asesoradas

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