La movilidad internacional y la fiscalidad de los desplazamientos a España están adquiriendo una relevancia creciente en la planificación estratégica de muchas compañías. La utilización de fórmulas como el Employer of Record (EOR) permite contratar sin crear estructura local, pero plantea interrogantes cuando se combina con el régimen especial de trabajadores desplazados (Ley Beckham).
En este contexto, Almudena Medina, socia del área tributario, analiza en El Economista la posible compatibilidad entre ambas figuras, señalando que “las necesidades estratégicas de las empresas han incrementado los traslados transfronterizos de trabajadores para asumir proyectos internacionales”, impulsando fórmulas como el EOR, que permite contratar en España sin crear estructura local. Sin embargo, la cuestión clave es si esta figura puede coexistir con la aplicación del régimen Beckham.
Nuestra experta añade que “la piedra angular para poder beneficiarse de este régimen es la causalidad del desplazamiento”, recordando que “no basta con residir en España para acceder al régimen Beckham; es preciso justificar y estar en disposición de acreditar que el traslado es consecuencia de alguno de los supuestos previstos en la norma".
Asimismo, advierte sobre la particularidad de los contratos a través de EOR, donde “se genera una relación triangular en la que el empleado tiene un empleador formal (el EOR), y un empleador real o material (su empleador extranjero)”, lo que obliga a analizar con detalle cada caso concreto. En este sentido, concluye que “no es posible determinar a priori la compatibilidad entre los EOR y la Ley Beckham”, por lo que las empresas deberán estructurar adecuadamente la relación laboral para evitar riesgos fiscales en el traslado.
Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho llamando al 91.345.48.25 o bien enviando un email a info@cecamagan.com.