Las recientes tensiones comerciales y regulatorias están generando una creciente preocupación entre las empresas que operan a nivel internacional. Así lo destaca Daniel Lago, director en el área de mercantil, para El Economista: “lo que parece una anécdota política es interpretado por muchas empresas como una señal que aconseja la búsqueda de blindajes para los contratos internacionales en un contexto de creciente incertidumbre”.
Nuestro experto señala que medidas como las represalias arancelarias de Estados Unidos o los posibles derechos antidumping sobre productos italianos evidencian la fragilidad de los contratos que no prevén escenarios inesperados: “las medidas arancelarias o de defensa comercial súbitas golpean sin apenas margen de adaptación, evidenciando la fragilidad de aquellos contratos que no incorporan un clausulado para esas eventualidades”. Para las compañías, esto hace imprescindible diseñar acuerdos con cláusulas que permitan adaptarse a cambios normativos, imprevistos económicos o tensiones geopolíticas.
Más allá del clausulado, Lago subraya la importancia de la gestión del riesgo contractual y la correcta aplicación de las reglas Incoterms®2020, que delimitan responsabilidades, riesgos y costes en las operaciones internacionales: “en tiempos de máxima incertidumbre, la diferencia entre una empresa resiliente y una vulnerable puede estar en una cláusula aparentemente simple”.
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