Sentencia: los convenios colectivos no están obligados a fijar el SMI como base

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha determinado que los convenios colectivos no están obligados a fijar el SMI como salario base, siempre que los complementos salariales y pluses compensen, hasta llegar al salario mínimo.

Agustín Benavent, counsel del área laboral, explica en El Confidencial (sólo para suscriptores del medio): "el fallo no solo consolida doctrina, sino que confirma que detrás de la ofensiva judicial del Ministerio había un objetivo político de mayor alcance. El Gobierno está buscando una sentencia que le diera la razón: salario base igual a SMI para reforzar su posición política en la materia". Y añade que "el convenio impugnado ni siquiera contenía una cláusula de garantía que asegurara el cobro mínimo en todos los casos, lo que hubiera facilitado la impugnación". 

Esta sentencia, relacionada con la industria textil, "no tiene cláusula de cierre", según indica nuestro experto. Por lo que, sea cual sea el salario base, "como mínimo eso no incumpliría", destaca.

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