Sentencia: las empresas franquiciadas pueden quedar liberadas del pacto de no competencia

Una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Barcelona ha determinado que no tiene sentido aplicar el pacto de no competencia entre la empresa franquiciada y la franquiciadora cuando es esta última la que incumple alguna cláusula del contrato o mantiene un abuso sobre la franquiciada.

Patricia Rosell, socia del área de litigación, ha comentado en El Confidencial (sólo para suscriptores del medio): "La sentencia abre una puerta interesante para otros franquiciados que se ven esclavizados por un contrato en virtud del cual, aunque sea la franquiciadora la que incumpla obligaciones esenciales, deben permanecer vinculados por el mismo, sin posibilidad de resolverlo, pues de lo contrario se les aplicaría la cláusula de no competencia poscontractual".

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho llamando al 91.345.48.25 o bien enviando un email a info@cecamagan.com.