¿Es legal cobrar el salario en criptomonedas?

En muchos países, ya es legal cobrar el salario en criptomonedas, dado el auge de estos activos como alternativa en el mercado financiero. Sin embargo, en España, aún no es posible recibir el salario en, por ejemplo, bitcoins

Joaquim Matinero, counsel del área blockchain, activos digitales y web3, comenta en El Confidencial (sólo para suscriptores): "A nivel normativo, se exige que el salario se pague en la moneda de curso legal, esto es, en euros, aunque podría pactarse otra divisa internacional, pero siempre con su correlación al euro".

Nuestro experto apunta a una posibilidad de cobrar en criptos: "Cabría plantear, como complemento, el pago de una parte de la retribución en especie mediante criptoactivos, siempre que se respete el límite máximo del 30% del salario total en especie y que exista aceptación expresa por parte del trabajador". 

Y añade que: "podría plantearse en el futuro un marco experimental o regulado que habilite parcialmente estas prácticas, especialmente si los criptoactivos estables adquieren mayor aceptación".

Pero al igual que ocurre en el mercado de valores, esto conlleva ciertos riesgos, ya que el valor de las criptomonedas es volátil. Nuestro abogado detalla: "La fluctuación de valor de criptoactivos como bitcoin puede erosionar la estabilidad del salario, poniendo en riesgo la suficiencia económica del trabajador. [] Del mismo modo, se plantea una situación fiscal compleja, con el fin de valorar las criptomonedas a efectos de IRPF y cotización a la Seguridad Social es técnicamente complicado, por la necesidad de acreditar la conversión a la moneda de curso legal y su tributación, además de temas de cumplimiento de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales, dada la trazabilidad compleja y seudónima de muchas operaciones". 

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