La obligación de registrar la jornada laboral ha dejado de ser un mero requisito formal para convertirse en un elemento clave en la gestión del tiempo de trabajo y la prevención de conflictos laborales. La exigencia de contar con sistemas de registro objetivos y fiables cobra especial relevancia ante las controversias sobre la realización de horas extraordinarias y la dificultad de acreditar la jornada efectivamente realizada.
La Sentencia del Tribunal Supremo 372/2026, de 15 de abril, marca un punto de inflexión al aclarar las consecuencias probatorias de la ausencia de un registro de jornada adecuado. Según comenta Noé Fau, abogado en el área laboral, para Legal Today: “el Supremo evita una presunción automática a favor de la reclamación”, aunque advierte de que “la falta de registro coloca a la empresa en una posición probatoria más débil”. Nuestro experto destaca que "esta doctrina busca equilibrar las posiciones de empresa y persona trabajadora, diferenciando entre aquellos casos en los que no existe un horario fijo y aquellos en los que la jornada responde a un patrón estable".
Fau subraya que el registro de jornada "no debe entenderse como una mera obligación formal, sino como una herramienta de prevención y seguridad jurídica. Un registro correctamente diseñado y aplicado puede adquirir una relevancia probatoria decisiva en caso de conflicto”. Y añade: “la implantación de un sistema riguroso de registro de jornada reduce significativamente el margen de controversia en materia de tiempo de trabajo”.
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