¡Corre, corre, que se acaban las jubilaciones parciales!

¡Corre, corre, que se acaban las jubilaciones parciales!
1 Abr 2013

El Gobierno, ofreciendo una vez más muestras de afán reformista, publicó el pasado sábado 16 de marzo la enésima modificación de las pensiones. Y por pensiones, en este caso, me refiero a las jubilaciones parciales. Lo ha hecho, si se me permite la expresión, con nocturnidad y alevosía. Puesto que ha publicado una norma, en fin de semana, que obliga a las empresas que lo deseen, a alcanzar un acuerdo colectivo y adoptar un plan de jubilaciones parciales en apenas una semana hábil.

Ello es así debido a que el texto del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo, prevé que para poder acogerse a los sistemas de jubilaciones parciales preexistentes antes de la mencionada norma, las empresas y trabajadores deben aprobar mediante acuerdo colectivo un plan de jubilaciones parciales…., en una semana. Lo cual evidencia que el Gobierno quiere acabar con las jubilaciones parciales previstas en el intervalo 2008-2012.

En dicho periodo se permitía a las empresas que tuvieran previsto un plan de jubilaciones parciales negociado colectivamente, que sus empleados accedieran al mismo con unos determinados costes, y una concreta proporción de tiempo de trabajo a repartir entre el relevista y el jubilado parcial. Lo que conllevaba necesariamente unos determinados costes proporcionales, a los que no se veían sumados ningún otro coste adicional.

Sin embargo, con la nueva reforma de las jubilaciones parciales, el Gobierno ha introducido mayores y más gravosos costes y requisitos de acceso a la jubilación parcial, lo que supone que esta modalidad ya no sea tan interesante desde el punto de vista del empresario. Pues ahora se incrementan las bases de cotización y las aportaciones que tiene que realizar el empresario en los casos de jubilación parcial.

Así, la norma prevé un plazo irrisorio para aquellas empresas y colectivos que quieran seguir aplicando la previsión legal anterior, siempre y cuando se alcance un pacto colectivo que apruebe el plan de jubilación parcial en una empresa y éste quede registrado ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social antes del 1 de abril de 2013.

Como es lógico, y quitando a los más avispados, es muy complicado siquiera que empresarios y trabajadores se hayan percatado de la maniobra del Gobierno. Puesto que quien no se adapte y registre el mencionado plan de jubilaciones parciales antes de la fecha mencionada, tendrá que decir adiós al sistema lógico, justo y más barato de jubilaciones parciales.

Pues, como en otros muchos aspectos, con ciertas novedades legislativas, el Gobierno hará pasar por caja a unos y a otros; de alguna u otra forma.

Jorge Sarazá Granados
Ceca Magán Abogados