El abuso del proceso civil en sociedades de capital cerradas: litigación estratégica y presión extrajudicial

30 Mar 2026
Área Litigación y Arbitraje
El abuso del proceso civil en sociedades de capital cerradas, por CECA MAGÁN Abogados

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En el ámbito societario, el proceso civil puede convertirse en un auténtico instrumento de presión extrajudicial, lo que desvirtúa por completo su finalidad. En las sociedades de capital cerradas -entornos donde los vínculos personales, los intereses económicos y el control societario se entrelazan- el litigio deja a menudo de servir para resolver verdaderas disputas y pasa a emplearse como una herramienta estratégica al servicio de intereses particulares. 

La demanda estratégica en sociedades de capital cerradas: litigar como instrumento de presión 

En las sociedades de capital cerradas es cada vez más frecuente la presentación de demandas con una finalidad puramente estratégica. No se busca necesariamente obtener una sentencia favorable, sino erosionar económicamente, bloquear decisiones clave o forzar la salida de un socio en condiciones ventajosas. 

Esta dinámica se acentúa cuando el funcionamiento interno de una sociedad de capital cerrada ha estado marcado durante años por la flexibilidad y por una operativa basada más en la confianza que en el formalismo. En este escenario, cualquier desviación de las exigencias legales puede convertirse de repente en un arma procesal: lo que antes se consideraba una práctica aceptada por todos, pasa a reinterpretarse como una irregularidad grave. 

Un ejemplo especialmente ilustrativo es la SAP Barcelona, sec. 15ª, nº 1406/2019, de 17 de julio de 2019, donde el tribunal constata que, pese a que los socios habían mantenido durante años una dinámica interna marcada por la informalidad y la práctica consuetudinaria, uno de ellos intentó posteriormente impugnar acuerdos amparándose en supuestos defectos formales que él mismo había aceptado y tolerado de manera continuada. 

Esa misma lógica de uso táctico se proyecta sobre el ejercicio del derecho de información. Solicitudes genéricas o desproporcionadas, reclamaciones basadas en supuestas negativas a informar o impugnaciones apoyadas en cuestiones marginales convierten este derecho en un instrumento de presión y de obstaculización. Así lo declara la SAP Madrid, sec. 28ª, nº 22/2022, de 17 de enero de 2022, que rechazó la impugnación al constatar que el socio había formulado peticiones excesivas y poco concretas, evidenciando un ejercicio abusivo del derecho de información en un contexto societario ya tensionado. 

La misma estrategia se aprecia en la impugnación de acuerdos sociales. A menudo se activa esta vía para frenar o dificultar decisiones legítimamente adoptadas por la mayoría. La SAP Vizcaya, sec. 4ª, nº 133/2020, de 29 de enero de 2020, es especialmente significativa: el tribunal desestimó la impugnación al verificar que el socio había votado inicialmente a favor de los acuerdos y solo los cuestionó posteriormente por motivos ajenos al interés social, apreciándose mala fe, actos propios y abuso de derecho. 

En estas situaciones, el proceso judicial se convierte en una moneda de negociación. 

Estrategias dilatorias y multiplicación de frentes judiciales 

Junto a las demandas estratégicas, nos encontramos también con prácticas dilatorias que buscan únicamente paralizar la actividad social o dificultar la gestión. Las impugnaciones sistemáticas, los recursos claramente improcedentes o las solicitudes de suspensión sin fundamento, son tácticas que vulneran el principio de buena fe procesal y dilatan la duración razonable del proceso. 

Además, esta forma de litigar puede extenderse incluso a distintos órdenes jurisdiccionales. Un mismo conflicto societario puede transformarse en una cascada de pleitos civiles, mercantiles, laborales o incluso penales, para colocar al socio contrario bajo una presión constante y emocionalmente desgastante. 

La temeridad procesal: un mecanismo insuficiente frente a la litigación abusiva 

El ordenamiento español dispone de instrumentos para sancionar estas conductas, como la imposición de costas con declaración de temeridad o mala fe, las multas del artículo 247 LEC o la inadmisión de demandas manifiestamente infundadas. 

Sin embargo, su aplicación es extraordinariamente restrictiva. Los tribunales exigen pruebas casi concluyentes sobre la intención desleal del litigante, lo que convierte estas herramientas en medidas excepcionales y, en la práctica, poco disuasorias. 

El impacto de la nueva regulación de los MASC: ¿freno o nueva herramienta estratégica? 

La reciente regulación de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) introduce la obligación de intentar un mecanismo extrajudicial previo antes de acudir al proceso judicial

Su implantación puede generar efectos positivos al obligar a los socios enfrentados a un intento mínimo de diálogo antes de judicializar el conflicto: esto podría reducir demandas instrumentales y revelar con mucha mayor claridad la buena o mala fe de cada parte, ofreciendo a los tribunales un parámetro adicional para evaluar la conducta procesal del litigante. 

Pero también existe un riesgo evidente: el intento de convertir los MASC en un nuevo instrumento de maniobra procesal. En manos de un socio decidido a tensar la situación, la fase previa puede ser utilizada para retrasar el conflicto, simular una negociación inexistente o crear un escenario aparente de cumplimiento formal que legitime posteriormente una demanda estratégica. 

En definitiva, la eficacia real de los MASC dependerá de la capacidad de los tribunales para interpretar su finalidad y sancionar los comportamientos destinados a vaciarlos de contenido. Solo entonces podrán contribuir a corregir la dinámica abusiva que se observa en las sociedades cerradas. 

¿Cómo evitar que el proceso se convierta en un arma de presión? 

La respuesta pasa por una estrategia integral. 

En el plano preventivo, es esencial contar con una documentación rigurosa y pactos de socios bien diseñados, incluyendo mecanismos de salida, cláusulas para resolver bloqueos y reglas claras sobre información, financiación y valoración de participaciones. 

Además, un asesoramiento jurídico continuado permite anticiparse e identificar riesgos antes de que se materialicen, evitando así que los socios deban enfrentarse a estrategias como las descritas. 

A ello debe sumarse la utilización adecuada de los MASC. Su correcta preparación permite encauzar el conflicto, depurar posiciones y explorar soluciones que eviten la escalada procesal

Si el conflicto avanza hacia el plano procesal, resulta imprescindible desplegar una defensa activa desde el primer momento: plantear las excepciones de admisibilidad que procedan, solicitar la imposición de costas con declaración de temeridad y, en su caso, pedir multas por mala fe. Todo ello debe ir acompañado de las medidas cautelares necesarias para preservar la continuidad de la actividad social y evitar que el actor consiga el bloqueo que persigue. 

La experiencia demuestra que, sin estas medidas, las sociedades cerradas quedan especialmente expuestas a que el proceso civil se convierta en una herramienta de presión extrajudicial. Si tu empresa necesita asesoramiento en material procesal, nuestros abogados pueden ayudarte. Contacta con ellos aquí.

María Pérez González 

Abogada en el área de Litigación y Arbitraje