Sentencia: incumplimiento de cláusulas en los contratos de franquicia

El incumplimiento de cláusulas en los contratos de franquicia puede traer consecuencias legales, tal como indica una sentencia de 2024 del Tribunal Supremo. Nuestra abogada mercantilista, Victoria Alonso, analiza esta sentencia y su similitud con otra de la misma empresa de 2021 para la Revista VPC.

En este caso, nuestra experta analiza la sentencia resultante tras varias demandas y recursos entre la empresa DISBOPER y una de sus franquicias, Doña Milagrosa, reclamando penalizaciones e incumplimientos de cláusulas en el contrato de franquicia. El Tribunal Supremo acaba dando la razón a la empresa franquiciadora DISPOBER.

¿Por qué? Nuestra abogada comenta que la norma prevé que "si el objeto de un contrato es ilícito por causa de una sola parte contratante, la otra parte podrá reclamar lo que hubiera dado, sin obligación de cumplir lo que hubiera ofrecido". 

Es decir, que en este caso, "el hecho ilícito sería la infracción de normas de la competencia por imposición de precios. La norma general sería que quien crea la distorsión de la competencia deba indemnizar los daños y perjuicios causados a la parte contraria. Con la aplicación de dicho precepto, lo que Doña Milagrosa trataba de obtener, es que DISBOPER le devolviera su inversión inicial por haber ella sufrido las consecuencias de la infracción por DISBOPER del derecho de la competencia, sin ella tener nada que devolver a DISBOPER".

Por tanto, Alonso concluye que el "Tribunal Supremo confirma los principios ya establecidos a lo largo de los años en su jurisprudencia manteniendo un criterio uniforme" sobre el incumplimiento en los contratos de franquicia.

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