La actualización del Código de Conducta sobre el uso de influencers en la publicidad refuerza las exigencias de transparencia en las colaboraciones digitales, especialmente en sectores como el cosmético, donde el impacto en el consumidor es especialmente relevante.
Alejandro Alonso, socio del área mercantil, analiza estas novedades en su artículo para la Revista VPC, donde explica que “el nuevo texto concreta cuándo un contenido debe considerarse publicitario, es decir, cuando esté dirigido a la promoción de productos o servicios y exista una contraprestación, incluso en especie”.
En este sentido, nuestro experto destaca que uno de los puntos clave es la correcta identificación del contenido promocional, ya que en redes sociales "la naturalidad del contenido incrementa el riesgo de confusión entre una recomendación personal y una colaboración pagada". Por ello, el Código exige que estas publicaciones incluyan indicaciones "explícitas, inmediatas y adecuadas" que permitan al usuario reconocer con claridad que se trata de publicidad.
Asimismo, subraya que este marco refuerza la protección de los menores y la necesidad de que marcas e influencers integren criterios de cumplimiento en sus campañas. Tal y como apunta nuestro mercantilista, el nuevo escenario regulatorio "exige mayor rigor y una verdadera cultura de cumplimiento por parte de todos los implicados en el marketing de influencia".
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