El ejercicio de la “opción” en el Impuesto de Sociedades

Paula Gámez, socia del área tributaria del despacho, ha publicado un artículo para el diario Expansión bajo el título “El ejercicio de la ‘opción’ en el Impuesto de Sociedades”, publicado ayer jueves 19 de junio.

El concepto de “opción”, según la doctrina del Tribunal Económico Administrativo Central, obliga a una nueva reflexión sobre los beneficios fiscales que podemos aplicar en el momento de autoliquidar el IS (Impuesto sobre Sociedades), ya que estos beneficios podrán ser considerados opciones, por lo que las decisiones adoptadas no podrían modificarse ni aunque se hubiese incurrido en error.

En este sentido, es importante desligar los beneficios fiscales regulados por la Ley del Impuesto sobre Sociedades que tienen la consideración de derecho, de aquellos otros que la tienen de “opción”.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho llamando al 91.345.48.25 o bien enviando un email a info@cecamagan.com.