Coronavirus: ¿Puedo aplazar el pago del alquiler si he accedido a un ERTE?

Coronavirus: ¿Puedo aplazar el pago del alquiler si he accedido a un ERTE?
11 Mayo 2020

¿Puede el propietario de un bar aplazar el pago del alquiler si ha accedido a un ERTE? Enrique Ceca, socio del área laboral, analiza este caso en el Consultorio Laboral de El Confidencial.

“El Real Decreto 15/2020 establece en su artículo 1 una moratoria en el pago de la renta que deberá ser aceptada por el arrendador siempre que no se hubiera alcanzado ya un acuerdo entre ambas partes. Esta moratoria solo se aplica en el caso de que el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda, o un gran tenedor. En el caso de que el arrendador no sea un gran tenedor, el artículo 2 del real decreto establece la posibilidad de solicitar un aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta”, señala Enrique.

Entre los requisitos que deben cumplir quienes sean autónomos destacan:

  • Estar afiliado y en situación de alta en la fecha de la declaración del Estado de Alarma;
  • Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de la entrada en vigor del Estado de Alarma o por órdenes dictadas por la autoridad competente;
  • O acreditar la reducción de la facturación del mes natural anterior al que se solicita aplazamiento en, al menos, un 75% en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido al año anterior.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho llamando al 91.345.48.25 o bien enviando un email a info@cecamagan.com.