Multas por no contar con el canal de denuncias obligatorio

Aún no ha entrado en vigor la nueva Ley de protección a los informantes pero las empresas ya están preocupadas por cuáles serán las multas por no contar con el canal de denuncias obligatorio. A partir del 13 de marzo, las empresas de más de 50 trabajadores estarán obligadas a contar con ello y cumplir con las nuevas imposiciones de la normativa.

Rocío Gil, socia del área penal, explica en El Mundo: "La mayoría de las pymes están ya familiarizadas en general con los canales de denuncia por normativas sectoriales como la Ley de prevención del acoso o el código penal. Pero, esta ley les afecta y preocupa porque abre la posibilidad de formular denuncias por 'cualquier infracción del ordenamiento jurídico administrativa o penal' por lo que tendrán que implantar un canal más global y con más requerimientos formales".

Nuestra abogada penalista añade que esta implantación del canal de denuncias obligatorio "tendrá impacto en los costes y procedimientos internos que perciben como demasiado exigentes, especialmente en lo referido a la gestión de las denuncias, sobre todo en la fase inicial donde pueden aflorar conflictos de interés; con la designación de responsables y equipos para investigar; el tratamiento de los datos y el cumplimiento de los plazos".

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