La gestión de los permisos retribuidos sigue siendo una fuente constante de dudas para las empresas. La falta de precisión normativa y la aparición de nuevas figuras han generado escenarios complejos en el día a día de las relaciones laborales, especialmente en situaciones vinculadas al cuidado de familiares y a la conciliación.
Albert Toledo, director en el área laboral, subraya para el medio Regió7: “la persona trabajadora puede ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, durante cinco días en supuestos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica que requiera reposo domiciliario de determinados familiares o personas convivientes, siempre que exista una necesidad real de cuidado efectivo. En este contexto, recuerda que el alta hospitalaria “no excluye que requiera cuidados en su domicilio”, ya que la atención sanitaria puede continuar fuera del centro hospitalario, mientras que es el alta médica la que evidencia que ha desaparecido la razón última del permiso.
Asimismo, nuestro laboralista destaca que el permiso por causa de fuerza mayor responde a la necesidad de atender “motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes”. En este sentido, advierte que una interpretación restrictiva no solo excluiría muchas situaciones imprevistas, sino que también tendría un impacto desigual en quienes asumen mayoritariamente las tareas de cuidado.
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