¿Se puede compensar la subida del IPC de forma distinta a la subida salarial?

¿Es posible compensar la subida del IPC con otras fórmulas que no sea una subida salarial? Los expertos advierten que no cumplir la subida o camuflarla con otros conceptos en la nómina puede acarrear sanciones por parte de la Inspección de Trabajo. La subida del salario mínimo interprofesional y la inflación del 5,7% ha generado mayor tirantez en las negociaciones entre empresas y sindicatos.

Y es que, tal y como explica Agustín Benavent, nuestro counsel del área laboral, en El País: “hasta el año 2020 no era común porque este había estado muy controlado”.

Nuestro experto añade sobre la renegociación: “Creo que la negociación colectiva en 2023 va a ser más rápida. Está muy activa, en el sentido de que hay que atajar un deterioro del clima laboral”.

Los conceptos que no pueden absorber la subida del IPC son la antigüedad, el plus de peligrosidad o incentivos, ell pago por prolongación de jornada, o incluso una reducción de jornada.

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