Las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial tras la sentencia del Tribunal Constitucional

“La Sentencia del Tribunal Constitucional de 3 julio de 2019 con origen en una cuestión de inconstitucionalidad interna ha determinado que el actual sistema de cálculo de las pensiones de los trabajadores que han prestado servicios a tiempo parcial es nulo por vulnerar el principio de igualdad, o lo que es lo mismo, por resultar indirectamente discriminatorio por razón de sexo”.

Nuestro compañero Alberto Novoa, Director en el Área Laboral de Ceca Magán Abogados, publica en el medio ‘Fiscal & Laboral‘ este interesante artículo en el que, entre otras cuestiones, analiza a quién afecta la sentencia o por qué se considera este sistema discriminatorio contra la mujer.

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