Nuevas condiciones para las jornadas a tiempo parcial

El 1 de octubre de 2023 entran en vigor las nuevas condiciones para las jornadas a tiempo parcial, que equiparan en ciertos aspectos a las de jornada completa para evitar así posibles situaciones desfavorables o de discriminación.

Albert Toledo, director en el área laboral, publica un artículo en el portal Abogacía Española analizando tanto estas mejoras y cambios para las jornadas de tiempo parcial como diferentes sentencias pronunciadas al respecto.

Nuestro abogado laboralista explica que "se compute el tiempo de prestación de servicios a tiempo parcial de forma proporcional y en comparación al trabajo a tiempo completo podría parecer razonable". Sin embargo, apunta que "la Ley 15/2022 aclara que la discriminación indirecta se produce cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras por razón de unas causas muy amplias previstas en dicha norma y entre ellas, claro está, el sexo, incluyendo asimismo la orientación o identidad sexual, y la expresión de género". Y es que el hecho de que los trabajos a tiempo parcial estén ocupados mayoritariamente por mujeres se entiende discriminatorio, pues las causas suelen el compaginar el cuidado de los hijos.

Las modificaciones que entran en vigor el 1 de octubre para equiparar a las personas trabajadoras a tiempo completo y parcial a efectos de prestaciones y cotizaciones "no sólo eliminará parcialmente la discriminación existente entre mujeres y hombre en esta materia, ya de por sí más que justificativa de su oportunidad; sino que, además, al equipararse el cálculo para el trabajo a tiempo parcial y a tiempo completo puede servir como acicate a la normalización de una modalidad contractual que históricamente ha sido vista como marginal", reflexiona nuestro experto laboralista.

Sin embargo, también avisa que estas modificaciones en la ley "no evita que, si las bases de cotización son inferiores, porque los salarios abonados son bastante inferiores proporcionalmente a los que se abonan a tiempo completo, las prestaciones resultantes sean asimismo más bajas, con lo que se materializa nuevamente un efecto indeseable".

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