La inmunidad al COVID-19 no puede ser un criterio de valoración en los procesos de selección

La inmunidad al COVID-19 no puede ser un criterio de valoración en los procesos de selección
26 Mayo 2020

La salud no debe ser un criterio de valoración del candidato en un proceso de selección. Sin embargo, en las últimas semanas, algunos aspirantes han comenzado a incluir en sus currículos su condición de inmunidad al COVID-19, “quizá con la esperanza de que los reclutadores puedan interpretar esos datos como una ventaja adicional”.

En declaraciones a Expansión, nuestro compañero Alberto Novoa, socio del área laboral,  considera que “la información en el currículo de que un trabajador haya pasado el coronavirus no es algo que deba tener validez para el reclutador. Ese dato no se puede solicitar, salvo en casos de profesiones y actividades específicas que requieran de una aptitud física concreta o de determinada salubridad del trabajador, pero no aporta nada en términos de aptitud”.

Novoa también apunta que “incluso en el caso de que el empresario reclutara para una profesión o actividad en la que se ha de tener en cuenta la salubridad o la aptitud física, éste deberá someter a los aspirantes a un examen médico previo. […] Ahora mismo, todo empresario tiene la obligación legal de que ninguno de sus empleados se contagie o contagie a otros“. Por tanto, “no es lo mismo que el empresario pueda exigir que el candidato acredite una circunstancia determinada de salud (el pasaporte inmunológico) que la situación en la que el trabajador ofrece el dato gratuitamente sin que nadie se lo pida, pero eso no le va a proporcionar ninguna ventaja laboral. Si la empresa recibe ese currículo, al reclutador debería darle igual ese dato“, sentencia.

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