Eficacia y carácter vinculante del Manual de Empleado

El Abogado Manager del área Laboral Jorge Sarazá firma la columna “El Consultor”, dentro del último número de la revista Capital Humano. Nuestro compañero explica en su artículo cómo este tipo de documento se instauro “para que gocen de fuerza ejecutiva, sean vinculantes e imperativos, y se pueda exigir su cumplimiento a todos los niveles, e incluso ser utilizado para reproches disciplinarios.

“El manual, para gozar de carácter de vinculante entre los trabajadores, debe emanar de la potestad organizativa y directiva del empresario, en cuanto a compendio de normas internas de la Compañía que ordenan la vida diaria en la misma. Podrán generar derechos y obligaciones en el seno de la relación laboral, en tanto en cuanto regulen aspectos prácticos de la misma, de forma que suponga un conjunto de órdenes e instrucciones empresariales comunicadas al empleado sobre diversos aspectos. Si no se superan dichos límites, el manual debe ser plenamente vinculante e imperativo en cuanto a su naturaleza como orden del empresario”; afirma Sarazá en su texto.

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