El 6 de abril firmé un despido temporal, ¿estoy en un ERTE o permiso retribuido?

El 6 de abril firmé un despido temporal, ¿estoy en un ERTE o permiso retribuido?
16 Abr 2020

¿Qué ocurre si un trabajador firma un despido temporal durante el Estado de Alarma (6 de abril)? ¿En qué situación se encuentra? ¿ERTE o permiso retribuido? Enrique Ceca, socio del área laboral, analiza este caso en el Consultorio Laboral de El Confidencial.

“La respuesta dependerá de si se está negociando un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor (FM) o por causas económicas, técnicas, productivas o de organización (ETOP). Todo ello por cuanto que el ERTE por FM puede tener efectos retroactivos. Mientras que el ERTE por causa ETOP no”, señala.

“Teniendo en cuenta la actividad de la empresa (mecánica automoción), lo más probable es que se esté negociando un ERTE ETOP y, por tanto: o la nómina del mes de abril deba pagarse de manera completa, o del 30 de marzo a la fecha de la conclusión del ERTE por causa ETOP se siga percibiendo la nómina completa, sin perjuicio de la obligación del empleado de recuperar las horas de “permiso retribuido recuperable”; o a partir del fin del ERTE por causa ETOP, se encuentre regulado de empleo, y por tanto, cobrando el desempleo, en función del grado de afectación de la medida”, concluye.

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