Descansos, registro horario y riesgos laborales, prioridades de la futura ley del teletrabajo

Descansos, registro horario y riesgos laborales, prioridades de la futura ley del teletrabajo
21 Mayo 2020

La crisis del coronavirus ha obligado a muchas empresas y empleados a acogerse a la modalidad del teletrabajo como fórmula idónea para poder continuar con la actividad profesional durante el Estado de Alarma. Y aunque muchos expertos ya afirman que el trabajo a distancia ha llegado para quedarse, el teletrabajo forzoso en estos meses también ha servido para destapar las carencias del sistema.

La falta de convenios y protocolos específicos evidencia la necesidad de legislar un modelo al que más de un tercio de la fuerza laboral europea ha tenido que adaptarse por primera vez debido a la crisis del coronavirus. Como apunta Cinco Días, “la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado que está preparando una Ley Reguladora del Trabajo a Distancia que, entre otras cuestiones, garantice el derecho al descanso, la desconexión digital y la conciliación“.

En declaraciones al citado medio, nuestro compañero Alberto Novoa, socio del área laboral, considera que el teletrabajo “debe configurarse como un derecho de libre ejercicio para todos aquellos trabajadores cuya ocupación no exija de forma justificada una presencia total“. “El teletrabajo se convierte en un derecho subjetivo perfecto y no una expectativa a negociar individualmente con el empresario”, continúa.

Cuestionado por el coste adicional que supone el trabajo a distancia para los empleados (una buena conexión a internet, consumo de electricidad, gas, etc), Novoa señala que es importante que todas las implicaciones económicas se definan con claridad al comienzo de la prestación de servicios: “Deben ser compartidos, repartiéndolos en función del tiempo que se destinan los medios a la actividad profesional”, concluye.

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