Los cambios en la reforma laboral y sus efectos inmediatos en las empresas

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado que el nuevo Gobierno no derogará la reforma laboral de 2012, sino que “en primera instancia va a eliminar el artículo 52.D. del Estatuto de los Trabajadores -que autoriza los despidos por absentismo justificado por enfermedad-, va a recuperar la ultraactividad de los convenios y va a devolver la supremacía al convenio colectivo sectorial sobre el de empresa”.

Como señala Voz Pópuli, “el primero de los cambios supone que las empresas en las que haya trabajadores que tengan un número de faltas a su puesto de trabajo por bajas por enfermedad -que sean justificadas e intermitentes- no podrán ser despedidos por esa razón”.

En declaraciones al citado medio, Guillermo Barrios, Of Counsel de nuestro despacho, considera que aunque se derogue el artículo 52.D. del Estatuto de los Trabajadores, las empresas que se encuentren con este problema recurrirán a otras vías: “Probablemente, una vez derogado, el despido de personas enfermas por esta vía se traslade a despidos disciplinarios sin causa”.

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