El destino de las tasas judiciales

El destino de las tasas judiciales
18 Feb 2015

En distintas ocasiones me he pronunciado sobre la injusta Ley 10/2012 de 20 de noviembre, modificada por Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Tal y como informa la propia Administración de Justicia en su página Web, la tasa judicial es “un tributo de carácter estatal que deben satisfacer en determinados supuestos los usuarios, ya sean personas físicas o jurídicas, por acudir a los Tribunales y hacer uso del servicio público de la Administración de Justicia. La gestión de este tributo está legalmente encomendada al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.”

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