Ecommerce: nuevas reglas de tributación en el IVA

Ecommerce, nuevas reglas de tributación en el IVA
20 Oct 2020

La pandemia ha impulsado el comercio electrónico en España y según un reciente estudio publicado por la consultora GfK, un 10% de los consumidores compraron por primera vez de manera online durante el estado de alarma.

Está claro que la situación que vivimos ha propiciado la aparición de nuevos compradores online, pero también de nuevos vendedores que impulsan su ecommerce como vía de salvar sus ventas. Son muchas las empresas que se han lanzado a vender online, y estas deben tener en cuenta las nuevas reglas de tributación en el IVA.

El crecimiento del comercio “online” es imparable y se estima que en 2024 el 95% de las compras se harán en línea. Así, el año pasado, solo en España, estas transacciones superaron los 48.800 millones de euros, un 25% más que el año anterior, y son cifras previas a la COVID-19.

Y, en este escenario, el pasado 21 de septiembre terminó el trámite de audiencia previa del Anteproyecto de Ley que modifica la LIVA para recoger las nuevas reglas aplicables al ecommerce.

Así, si bien al Anteproyecto de Ley le queda un largo trámite de discusión parlamentaria y estas nuevas medidas no entrarán en vigor hasta el 1 de julio del próximo año, los cambios que se avecinan son de tal calado que merece la pena estar preparado.

¿Cuáles son los objetivos de estas nuevas reglas de tributación?

Los objetivos generales de este conjunto de reglas son la consolidación del principio de tributación en destino de las operaciones transfronterizas y la reducción de la “brecha del IVA“. Además, configuran una iniciativa clave en el contexto del Mercado Único Digital y la Comisión de la Unión Europea les ha dedicado dos Directivas y cuatro Reglamentos.

Por su parte, para conseguir estos objetivos generales, estas nuevas reglas para el ecommerce persiguen:

  1. La armonización de criterios dentro de la Unión Europea;
  2. Ayudar a las empresas emergentes que quieren ampliar su mercado a través del canal digital mediante la simplificación de los costes de gestión del impuesto;
  3. Mejorar la cooperación y el intercambio de información entre los Estados miembros mediante el uso de herramientas digitales para la gestión del impuesto;
  4. Eliminar las desventajas competitivas de las empresas de la Unión Europea frente a los proveedores de terceros países; e
  5. Involucrar a las interfaces digitales.
¿Cuáles son las principales medidas adoptadas para la consecución de los anteriores objetivos?

En líneas generales, las medidas adoptadas para beneficio del ecommerce consisten en:

  1. Reforma del actual régimen de ventas a distancia;
  2. Ampliación del mecanismo de ventanilla única a las compras “online” realizadas por consumidores finales cuando se envían desde otro Estado miembro o desde un territorio tercero (este sistema consiste en que los empresarios o profesionales podrán declarar e ingresar el IVA en el Estado miembro en el que estén establecidos o identificados con independencia de los Estados miembros en los que realicen transacciones transfronterizas “online”);
  3. Eliminación de la exención para importaciones de pequeños envíos procedentes de países o territorios terceros;
  4. Las interfaces digitales (i.e. plataformas, mercados en línea, etc.) estarán obligadas a recaudar e ingresar el IVA cuando faciliten el suministro de bienes;
  5. Establecimiento de nuevas obligaciones de registro para los sujetos pasivos, incluidas las interfaces digitales;
  6. Adopción de normas y procedimientos para el intercambio, por vía electrónica, de información relativa al IVA entre las Administraciones tributarias de los Estados miembros.

Para la implementación de las anteriores medidas, se establecen nuevas reglas de localización, nuevas exenciones y nuevos regímenes especiales – el “Régimen interior de la Unión”, el “Régimen exterior de la Unión” y el “Régimen de Importación” – de las que os informaremos en breves notas que analicen cada uno de los distintos escenarios posibles para los negocios ecommerce.

Paula Gámez
Área de Derecho Tributario

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