Demandas por despido. Acumulación o no acumulación

Demandas por despido. Acumulación o no acumulación
11 Oct 2012

A lo largo de estos últimos meses, en el desarrollo de mi actividad profesional como abogada, estoy asistiendo a lo que podríamos calificar “problema práctico” derivado del diferente criterio que vienen aplicando los Juzgados a la hora de proceder o no a la acumulación de las demandas en materia de despido.

Así, en ocasiones, nos encontramos con que un Juzgado de lo Social, ante la presentación de demandas en esta materia de forma conjunta por varios trabajadores, requiere para que las mismas se desacumulen, debiéndose presentar demandas individuales. Por el contrario, existen otros Juzgados en los que tal práctica se admite sin problema.

Pues bien, con independencia de cual me parezca el criterio jurídico más acertado, sin duda alguna, personalmente abogo por la acumulación de acciones en este tipo de supuestos. Con ello evitaríamos, máxime si residimos fuera de la provincia donde se va a celebrar el pleito, traslados innecesarios y pérdidas de tiempo. Esto es, puede ocurrir que en despidos por causas objetivas, en los que haya una pluralidad de trabajadores, nos veamos en la tesitura de celebrar 5 veces un mismo juicio, cuando realmente hay una identidad absoluta, a salvo del nombre del trabajador/a. Igualmente, podemos encontrarnos que ante supuestos exactos, diferentes Juzgados se pronuncien de forma distinta dando lugar a Sentencias contradictorias. Y además, entiendo que las partes no cuentan con las mismas garantías en el primero de los pleitos que en los últimos de ellos, habida cuenta que ya se han puesto las armas de cada uno sobre la mesa.

Por todo ello, desde aquí, a ultranza defiendo la acumulación de las demandas en materia de despido.