¿Adiós al exequatur?

¿Adiós al exequatur?
7 Mar 2014

Antes de entrar a dilucidar la nueva regulación del legislador europeo, conviene recordar la regulación actual en materia de competencia judicial internacional, cuestión fundamental a la hora de realizar un contrato de carácter internacional, puesto que descuidar la jurisdicción competente puede implicar altos riesgos jurídico-económicos.

En concordancia con el derecho privado, el principio que rige a la hora de establecer la jurisdicción competente en los Estado Miembros de la Unión Europea, es la voluntad de las partes. Las partes pueden acordar la jurisdicción que crean más ventajosa para sus intereses en atención a diferentes aspectos, como pueden ser la rapidez y eficacia del sistema judicial, la seguridad jurídica, el idioma o los costes del procedimiento.

Leer artículo

Diario jurídico

Añadir nuevo comentario